En 1998 se reglamentó mediante Ordenanza Municipal el Turismo Estudiantil en la localidad, la cual fue modificada a fines del año 2001, dando origen así a la Ord. Nº 4367/01, vigente en la actualidad.
"Se entiende por Turismo Estudiantil a aquella actividad desarrollada por contingentes, que conformen un grupo de diez o más integrantes, en su mayoría menores de 18 años, que se alojan, visitan y realizan actividades turísticas en nuestra localidad".
En primer término deben chequearse las diferentes modalidades de Viaje, sus correspondientes tasas y requisitos para definir donde se encuadra el grupo: Esta información es parcial y a modo de presentación de algunos puntos prácticos; para mayor información sobre los coordinadores locales, responsabilidad de la agencia y del alojamiento, supervisión de los grupos, etc. Puede chequear la ordenanza. VER ORDENANZA
Con su respectiva modificación tarifaria de acuerdo al art.81 Libro IV tarifaria Municipal:
Tasa de Supervisión $--- por pernocte y $---- Fondo de Garantia por persona.
Tasa de Supervisión $ --- por pernocte y $ ---- Fondo de Garantía por persona.
Tasa de Supervisión $ --- por pernocte y $ ---- Fondo de Garantía por persona.